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Comunitat / Industria inicia
una campaña informativa sobre los cambios en la
normativa de horarios comerciales
• Se ha modificado la Ley de
Horarios Comerciales reduciendo de 300 m2 a 150m2 la
superficie de ventas con libertad total de horarios |
Bajo Segura (Alicante) - 19 enero 2009 - Bajo
Segura Noticias - La conselleria de Industria,
Comercio e Innovación, a través de la dirección general de
Comercio y Consumo, ha iniciado una campaña para informar a
los comercios sobre las modificaciones en la Ley de Horarios
Comerciales de la Comunitat Valenciana.
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La modificación de la normativa establece la libertad total
de horarios en función de la superficie de ventas de los
establecimientos comerciales, reduciéndose de 300 m2 a 150
m2.
De este modo, sólo los comercios de la Comunitat Valenciana
que dispongan de una superficie útil para la exposición y
venta al público inferior a 150 m2 podrán elegir libremente
los días y horas de apertura de sus establecimientos. Es una
obligación para el comerciante exponer un cartel con los
días y los horarios de apertura.
Para la directora general de Comercio y Consumo, Silvia
Ordiñaga, “la posibilidad de abrir en domingos o festivos
para los comercios a partir de 150m2 de sala de ventas se
reduce, desde este momento, a los días que anualmente se
autorizan por la Generalitat, tras su debate en el
Observatorio de Comercio”.
De esta medida, quedan excluidos los establecimientos
pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no
tengan la consideración de pequeña y mediana empresa o que
operen bajo el mismo nombre comercial de dichos grupos o
empresas.
Comercios a los que no les afecta la modificación
Esta nueva medida no afecta a los comercios que, por los
artículos que comercializan, tienen libertad total de
horarios con independencia de cual sea su superficie de
venta como son los comercios dedicados a productos de
pastelería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y
carburantes, flores y plantas; tiendas de conveniencia;
tiendas en estaciones y medios de transporte terrestre,
marítimo y aéreo, así como tiendas en zonas declaradas de
Gran Afluencia Turística.
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Vista
de la ciudad de Orihuela (Foto: Pilar
Girona)
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Por otro lado, los establecimientos de venta de productos
culturales, tienen la posibilidad de abrir todos los
domingos y festivos con un límite de 12 horas diarias y 90
horas semanales.
El resto de establecimientos establecerá su horario de
atención al público según el régimen general que es un
máximo de 90 horas de apertura a la semana y sólo podrán
abrir los festivos habilitados por Orden o Resolución de la
Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.
Para la directora general de Comercio, “nuestra obligación
es evitar que la situación actual pueda limitar el
crecimiento del sistema de la distribución comercial
valenciano y evitar efectos negativos en la recuperación
económica de la Comunitat”.
Campaña Informativa
Para la difusión de esta medida, los inspectores de Comercio
visitarán los establecimientos afectados para explicar el
cambio de la normativa.
Asimismo, desde la Conselleria de Industria se está enviando
material informativo a los comerciantes, asociaciones
comerciales y empresariales, Cámaras de Comercio y
ayuntamientos.
Para la directora general de Comercio y Consumo, Silvia
Ordiñaga, “con esta medida se potencia un modelo de comercio
urbano de proximidad basado en la estructura familiar
tradicional en la que se basan buena parte de las pymes del
sector comercial de la Comunitat Valenciana”.
En este sentido, Silvia Ordiñaga ha resaltado “la necesidad
de respaldar al sector comercial minorista ante las
turbulencias económicas y financieras actuales que están
dificultando su día a día”.
Ordiñaga ha destacado que “el sistema de la distribución
comercial valenciano es uno de los motores de la economía
regional y nuestras pymes minoristas se caracterizan por ser
emprendedoras y poseer una gran capacidad para generar
riqueza y crear empleo, por lo que tienen todo el respaldo
del Consell”.
El incumplimiento de la normativa puede suponer sanciones de
hasta 60.000 euros, elevándose hasta 600.000 en caso de
reincidencia.
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